Mañana enterrarán a Daniel, Aroa Moreno, p. 125
En medio de aquel verano, con el país
de vacaciones y con los obreros alejados de los núcleos industriales y los
estudiantes fuera de la universidad, cuando el Consejo de Ministros, reunido en
A Coruña el 22 de agosto informa de la aprobación un nuevo decreto ley. Una tramitación
de precipitada urgencia para la prevención y el enjuiciamiento de los delitos
de terrorismo y subversión contra y la seguridad personal. Lo explica el ministro
de Información y y Turismo, León Herrera: “EI Gobierno sintió la ineludible
obligación de crear la normativa jurídica necesaria para poder luchar con mayor
eficacia y en defensa de toda la sociedad española contra esta monstruosa forma
de criminalidad que es el terrorismo».
Desde el derecho y el Estado, se
levanta una nueva ficción para recortar libertades y castigar con más ferocidad
todavía.
Los juicios, a partir de ahora,
pasan a ser sumarísimos, limitando las garantías del acusado, pudiendo
convocarse los procesos en veinticuatro horas, sin tiempo para organizar y
estudiar la defensa. Y serán los militares los que se encargarán de los
procesos. Pero, sobre todo, el decreto conlleva un incremento general de las
penas. A los autores de delitos contra la autoridad, contra miembros de las
fuerzas armadas y de Seguridad del Estado y funcionarios públicos se les debe
pela pena capital si el resultado de su delito ha sido la muerte. aquellos que
colaboren con organizaciones comunistas, o separatistas se les aplicará siempre
la pena máxima prevista por el Código Penal. Y la norma se aplicará con carácter
retroactivo.

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